Sentencia N° 926 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de octubre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0926, Exp. 15-865, 03/10/2016
Expediente15-865
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-10-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por LABORATORIOS VARGAS, S.A. contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante y demandada. La Sala consideró que existían incumplimientos de la normativa de seguridad y salud laboral que incidieron en la enfermedad ocupacional de la demandante, Noris Josefina Carreño Ojeda.

Extracto de la motiva

El vicio de suposición falsa tiene que referirse forzosamente a un hecho positivo y concreto que el Juez establece falsa e inexactamente en su sentencia a causa de un error de percepción, porque no existen las menciones que equivocadamente atribuyó a un acta del expediente, no existen las pruebas sobre las cuales se fundamenta el sentenciador, o éstas resulten desvirtuadas por otras actas o instrumentos del expediente. (Vid. Sent. SCS N° 530 del 10-07-2013, caso Rafael Marcano). El mencionado vicio, en cualquiera de sus tres sub hipótesis, sólo puede cometerse en relación con un hecho establecido en el fallo, quedando fuera del concepto de suposición falsa las conclusiones del Juez con respecto a las consecuencias jurídicas del hecho, porque en tal hipótesis se trataría de una conclusión de orden intelectual que aunque errónea, no configuraría lo que la ley y la doctrina entienden por suposición falsa.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS VARGAS, C.A., contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha de fecha 17 de junio de 2015; 2) CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con los artículos 60 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la recurrente.

Palabras clave

indemnizaciónenfermedad ocupacionalcasacióntrabajoseguridad laboral

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