Sentencia N° 923 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0923, Exp. 14-169, 16/10/2015
Expediente14-169
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-10-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de octubre de 2015, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que había declarado sin lugar ambas apelaciones y parcialmente con lugar la demanda. La Sala consideró que el despido de la actora fue justificado, dado que incurrió en causales de falta de probidad y negligencia en el cumplimiento de sus funciones laborales, lo que llevó a la conclusión de que no procedía la indemnización por despido injustificado solicitada por la demandante.

Extracto de la motiva

En este sentido, se verifica que dentro de las funciones ejercidas por la parte actora que constan en las pruebas “V” y “W”, no se logra evidenciar que tuviese atribuciones para autorizar reparaciones de ninguna índole, tanto de vivienda como de vehículo, razón por la cual esta Sala considera que la trabajadora fue despedida justificadamente, por haber incurrido en las causales “a”, “g” “i” tipificadas en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997). En consecuencia, al evidenciar que el despido fue justificado tal y como se desprende de las pruebas aportadas a los autos y valorados por esta Sala se declara improcedente la indemnización por despido injustificado contemplada en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), es decir, la indemnización por despido injustificado y sustitutiva de preaviso reclamada por la parte actora en su escrito libelar, dado que la demandada logró demostrar que la relación laboral culminó por despido justificado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada por Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de octubre de 2013; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

casacióndespido justificadoprestaciones socialesacoso laboral

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