Sentencia N° 912 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0912, Exp. 10-954, 03/08/2010
Expediente10-954
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-08-03
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Ricardo Tezara, en el contexto de un procedimiento por beneficio de jubilación e indemnización de daño moral. El Juzgado Séptimo Superior del Trabajo había declarado sin lugar la apelación interpuesta por la parte actora, confirmando el fallo de primera instancia que había declarado con lugar la defensa de prescripción de la acción alegada por la parte demandada.
La Sala destacó la falta de técnica en la formalización del recurso, señalando que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la presentación de su escrito. En consecuencia, se declaró perecido el recurso de casación por falta de técnica, lo que implica que no se admitió a trámite el mismo, y se reafirmó la decisión del tribunal inferior.
Finalmente, la Sala resolvió no condenar en costas al recurrente, conforme a lo dispuesto en la ley, y ordenó el registro y remisión del expediente a la unidad correspondiente para su trámite.
Extracto de la motiva
En las denuncias del escrito de formalización consignado no se encuentran establecidos con precisión los motivos de casación denunciados, tampoco están sustentados en argumentos lógicos, por lo que no se demuestra la falta de coincidencia entre el contenido de la norma y lo establecido en la sentencia, apartándose claramente de la requerida técnica casacional. El formalizante hace una enumeración de los artículos infringidos por la recurrida, pero no explica cómo la sentencia recurrida incurre en los vicios denunciados, tampoco argumenta sus afirmaciones, con lo cual resulta imposible para esta Sala conocer la pretendida denuncia, puesto que está basada en alegatos indeterminados, con una redacción bastante confusa y poco argumentativa, que incumple con la técnica de formalización requerida. Partiendo de estas consideraciones se establece que la parte recurrente no cumplió con los requisitos básicos para la presentación del escrito de formalización de este especialísimo recurso, por lo que en atención a los razonamientos que anteceden se declara perecido por falta de técnica el recurso de casación bajo análisis, con fundamento en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tal y como quedará expresamente establecido en el dispositivo del fallo. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, ciudadano Ricardo Tezara, contra el fallo dictado el 14 de junio de 2010, por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónprescripciónjubilacióndaño moraltrabajotécnica procesal