Sentencia N° 91 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de febrero de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 91, Exp. 02-479, 27/02/2003
Expediente02-479
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Carlos José Jiménez contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La sentencia de la Alzada había declarado parcialmente con lugar la apelación y la cuestión previa de cosa juzgada, lo que llevó a la parte actora a recurrir ante el TSJ. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la recurrida no incurrió en errónea interpretación de la Ley Orgánica del Trabajo, confirmando la existencia de la cosa juzgada en virtud de una transacción laboral homologada por la autoridad competente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el vicio de errónea interpretación supone la aplicación de la norma correcta por parte del juez, pero dándole un contenido y alcance indebido. En el caso bajo estudio, la recurrida al momento de decidir sobre la cuestión previa de cosa juzgada, establece que la transacción en comento cumple con los requisitos legales para que produzca los efectos legales correspondientes, pues fue realizada una vez terminada la relación de trabajo, contiene en forma discriminada los conceptos transados y la materia sobre la cual versa la misma, no es inherente al orden público. Por lo tanto, la recurrida no incurre en la errónea interpretación acusada, puesto que le da el contenido y alcance debido al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, trayendo como consecuencia la improcedencia de la presente denuncia.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por el abogado Marcos Vilera, quien actúa en representación del ciudadano CARLOS JOSÉ JIMÉNEZ, contra la decisión emitida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 28 de mayo de 2002. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialestransacción laboralcosa juzgadainfracción de leyLey Orgánica del Trabajorecurso de casación