Sentencia N° 904 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0904, Exp. 11-465, 18/10/2013
Expediente11-465
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-18
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de octubre de 2013, anuló la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo que había confirmado parcialmente la demanda de la ciudadana Ayling Leibeth Arzola Stalhuth contra Constructores Eléctricos e Industriales, C.A. por cobro de prestaciones sociales e indemnización por enfermedad profesional. La Sala determinó que la empresa demandada incurrió en responsabilidad por no garantizar condiciones adecuadas de trabajo, lo que llevó a la actora a sufrir una crisis hipertensiva y una enfermedad cerebrovascular de origen ocupacional.
Extracto de la motiva
La Sala observa: De acuerdo con la doctrina pacífica y reiterada de esta Sala toda sentencia debe cumplir con el principio de exhaustividad que le impone al juez el deber de resolver sobre todo lo alegado en la demanda y la contestación y sólo sobre lo alegado, pues al resolver lo no pedido incurre en el vicio de incongruencia positiva, y si no resuelve lo pedido incurre en el vicio de incongruencia negativa. De manera que, una sentencia es congruente cuando guarda relación con los pedimentos del libelo de demanda y los términos en que el demandado dio su contestación. En el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determina la obligación de que toda sentencia debe contener una “Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.”. El reseñado ordinal 5º establece el llamado principio de congruencia, el cual sujeta al Sentenciador a no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre todo aquello alegado y probado por los sujetos integrantes de la litis. El incumplimiento de lo señalado anteriormente, hará padecer a la sentencia del vicio de incongruencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada el 3 de marzo de 2011, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. No se condena en costas del recurso de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesindemnizaciónenfermedad profesionalresponsabilidad laboral