Sentencia N° 904 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de agosto de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0904, Exp. 10-835, 03/08/2010
Expediente10-835
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-08-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de agosto de 2010, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Venero José Octavio contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Apure, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala examinó los requisitos de admisibilidad del recurso, concluyendo que no se incurrió en violaciones de normas de orden público que justifiquen la nulidad de la decisión impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que la solicitud se interponga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público, y 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. Del mismo modo, tratándose el recurso de control de la legalidad de un medio de impugnación de naturaleza extraordinaria, esta Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, fecha 18 de mayo de 2010. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

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