Sentencia N° 899 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0899, Exp. 13-1286, 17/10/2013
Expediente13-1286
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónHomologa la transacción celebrada entre el ciudadano ALDENY MONTERO QUINTERO y la sociedad mercantil MSD FARMACÉUTICA, C.A.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales, donde el demandante, Aldeny Montero Quintero, y la demandada, MSD Farmacéutica, C.A., celebraron un acuerdo de transacción. La Sala verifica los términos del acuerdo y determina que se cumplen los requisitos legales para su homologación, otorgándole efectos de cosa juzgada. La decisión concluye el litigio judicial mediante un medio alterno de resolución de conflictos.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que las partes actuaron representadas mediante apoderadas judiciales debidamente constituidas y facultadas para celebrar el presente contrato, tal como se evidencia de los instrumentos poder que fueron consignados conjuntamente con el documento, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la manifestación escrita del acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, el escrito consignado en la fecha indicada se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ALDENY MONTERO QUINTERO y la sociedad mercantil MSD FARMACÉUTICA, C.A. (antes MERCK SHARP & DOHME DE VENEZUELA S.R.L.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a los fines de su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.
Palabras clave
transaccióncosa juzgadaresolución de conflictosbienestar socialobligacionesderechos