Sentencia N° 898 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de julio de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0898, Exp. 11-894, 26/07/2011
Expediente11-894
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-07-26
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Mario José Crespo contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Lara. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se destaca que el recurso fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el sentenciador de alzada incurrió en el vicio de incongruencia negativa con respecto al alegato de cosa juzgada presentado en la audiencia de juicio y de apelación, aunado a la violación de la cosa juzgada en relación a la jornada del trabajador, por cuanto señalaron en el libelo de demanda que el actor laboraba en una jornada continua de 12 horas, a pesar de haber pactado 10 horas al inicio de la relación laboral, por lo que en el mes de agosto del año 2001, la empresa dejó de pagar la hora de descanso, demandando al patrono en el año 2005, el cual fue condenado a pagar las horas de descanso laboradas y no pagadas, desde el mes de agosto del año 2001 hasta el mes de marzo del año 2005, sin que esto fuera tomado en cuenta por el ad- quem.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 02 de junio del año 2011, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaderechos laboralesinadmisionrecursojurisdicción