Sentencia N° 896 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0896, Exp. 12-530, 18/07/2014
Expediente12-530
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de julio de 2014, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Luis Ramón Rincones contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado sin lugar su apelación. La Sala anuló el fallo impugnado y parcialmente con lugar la demanda, considerando que se configuró la existencia de una relación laboral y que se debían pagar las prestaciones sociales correspondientes. Se destacó la falta de aplicación de normas laborales y la irrenunciabilidad de los derechos laborales del trabajador.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, se delata la incursión de la recurrida en el vicio de falta de aplicación de una norma vigente, específicamente el artículo 89 del Texto Constitucional y los artículos 5 y 121 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto desconoce los principios de la realidad sobre las formas, la irrenunciabilidad de los derechos laborales y la norma más favorable al trabajador, al haber declarado la existencia de la cosa juzgada administrativa. Tomando en cuenta la normativa denunciada, es necesario destacar la imposibilidad que tiene esta Sala de Casación Social de revisar violaciones a disposiciones de rango constitucional, por cuanto como se ha aseverado en múltiples ocasiones, ello es competencia de la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por cuanto solo son objeto del recurso de casación aquellas normas que resulten directamente infringidas, es decir, las normas de naturaleza infraconstitucional, que sean violadas de forma inmediata en el caso concreto. Por tal motivo, se procederá a conocer la denuncia en lo que concierne al alegato de falta de aplicación de los artículos 5 y 121 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el 22 de marzo de 2012. SEGUNDO: ANULA el fallo impugnado. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
Palabras clave
casaciónprestaciones socialesrelación laboralcosa juzgada administrativa