Sentencia N° 890 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0890, Exp. 18-338, 05/12/2018
Expediente18-338
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-12-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad de comercio Banco Provincial, S.A., Banco Universal, contra un auto del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Aragua que declaró inadmisible la demanda de nulidad contra un informe pericial. La Sala determinó que el informe pericial impugnado era un acto administrativo de mero trámite, lo que justificaba la inadmisibilidad del recurso. Finalmente, la Sala confirmó el auto apelado, declarando sin lugar el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de apelación, destacó que el informe pericial en cuestión no era un acto definitivo, sino un acto de mero trámite que no ponía fin al procedimiento de investigación de accidente de trabajo. Se enfatizó que los actos de mero trámite no son recurribles por vía judicial, a menos que causen indefensión o prejuzguen sobre lo controvertido. En este caso, el informe pericial no cumplía con tales condiciones, por lo que se reafirmó la inadmisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la parte apelante.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra el auto de fecha 23 de abril de 2018, dictado por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; SEGUNDO: se CONFIRMA el auto apelado.
Palabras clave
nulidadinforme pericialtrabajodecisión administrativa