Sentencia N° 890 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0890, Exp. 12-171, 17/10/2013
Expediente12-171
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió a favor del demandante, VÍCTOR FELIPE LARA LÓPEZ, en el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala declaró con lugar el recurso, nulificando la sentencia recurrida y parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales, ordenando el pago de la compensación por transferencia y los intereses correspondientes. Se determinó que la demandada no logró demostrar el pago de los intereses moratorios, lo que llevó a la decisión favorable para el demandante.
Extracto de la motiva
El Tribunal observa que el recurrente denuncia la violación de normas de orden público, específicamente el quebrantamiento del artículo 668 literal B, parágrafo primero, de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), y la desaplicación del artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no acordar los intereses moratorios de la compensación por transferencia. Se establece que el patrono debe pagar lo adeudado en un plazo no mayor de cinco años, y que los intereses devengarán a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela. La Sala concluye que la demandada no cumplió con la carga de la prueba respecto al pago de los intereses moratorios, lo que justifica la decisión de la Sala a favor del demandante.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de 25 de octubre de 2011. SEGUNDO: NULA la sentencia recurrida. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales.
Palabras clave
prestaciones socialesintereses moratorioscompensación por transferencia