Sentencia N° 89 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de febrero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 89, Exp. 02-454, 27/02/2003
Expediente02-454
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La decisión de la Sala fue declarar sin lugar el recurso, argumentando que la recurrida no incurrió en el vicio de silencio de prueba, ya que las pruebas presentadas no eran aplicables a la relación laboral en cuestión. Además, se concluyó que la relación de trabajo había culminado antes de la fecha de los documentos presentados como prueba.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la relación de trabajo entre los demandantes y la accionada culminó antes de la fecha en que se suscribió el Acta que se indica como prueba presentada en segunda instancia, pero que no fue valorada ni analizada. Considera que sería inútil y más aun contrario a los principios constitucionales que garantizan por parte del Estado una justicia idónea, responsable, expedita, sin dilaciones indebidas, si se declara la nulidad del fallo recurrido con la finalidad de que el tribunal de reenvío valore la ya citada prueba, en razón de que la misma fue suscrita entre la demandada y sus sindicatos afiliados en una fecha posterior a la de finalización del nexo laboral entre la accionada y los demandantes, es decir, la misma no tiene aplicación para con estos últimos.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el abogado Manuel L. Salas A., actuando en su condición de co-apoderado judicial de los ciudadanos ELIUT OSWALDO VELÁSQUEZ BLANCO, FRANCISCO JOSÉ SIERRALTA, JESÚS ORLANDO RIERA, ALFREDO RICO, OMAR PALERMO, DOMINGO MUÑOZ SANTIAGO, PEDRO ANTONIO PÉREZ MEJÍAS, JAVIER ENRIQUE ARAUJO BAPTISTA e ITALO FERNÁNDEZ, contra la sentencia definitiva dictada, en reenvío, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 2 de julio de 2002.

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