Sentencia N° 888 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0888, Exp. 11-1455, 17/10/2013
Expediente11-1455
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Miguel Francisco Salinas Espinoza contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Bolívar. La Sala anula la sentencia recurrida y modifica la decisión de primer grado, considerando que la empresa demandada no cumplió con las obligaciones de pago de prestaciones sociales y que la sentencia de alzada incurrió en incongruencias y contradicciones en su motivación. Se ordena el pago de las cantidades adeudadas al demandante, así como el interés de mora correspondiente desde la terminación de la relación laboral.
Extracto de la motiva
Para resolver la impugnación propuesta, encuentra la Sala que debe en primer lugar, citar textualmente algunos pasajes de la motivación de la recurrida, que la condujeron a declarar parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante, modificando así la sentencia de primer grado: (folios 120 al 122, 4ª pieza). Al revisar el cuerpo de la sentencia proferida por el juez de la recurrida, encuentra este juzgador que la juez indicó con fundamento a la prueba cursante al folio 62 de la cuarta pieza del expediente, la cual no fue impugnada por la parte actora de la convención colectiva, (sic) y por ello le dio pleno valor probatorio, que la empresa hizo el cálculo de las prestaciones que le correspondían al trabajador. Sin embargo, dicho cálculo no implica que se hayan cancelados la (sic) prestaciones, solo demuestra que la parte actora estaba conforme con el monto del cálculo que le corresponde por esos conceptos. Ahora bien, al revisar el resto de las pruebas documentales cursante (sic) a los autos, pudo verificar esta superioridad que efectivamente el trabajador no ha recibido el pago de los conceptos que le corresponden por prestaciones sociales, Y solo fue en base al interrogatorio realizado por la juez de la recurrida, cuando el trabajador manifestó que ese dinero le fue depositado por la empresa en una cuenta bancaria, del Banco Banesco; a nombre del trabajador, pero sin autorización para el trabajador pudiera disponer de las cantidades allí depositadas. Igualmente en la audiencia de apelación, tanto el trabajador como el representante de la empresa demandada, reconocieron que es cierto que las cantidades de dinero por los conceptos de prestaciones sociales están depositadas en el banco, pero que la empresa no ha dado la autorización al trabajador para que retire esas cantidades. Al haber admitidos (sic) ambas partes la existencia de la cuenta banacaria (sic) a favor del trabajador, puede verificar esta superioridad, que sí fueron depositadas las prestaciones sociales al trabajador en esa cuenta bancaria, pero que al no autorizar la empresa al trabajador para que retire esas cantidades, no ha pagado efectivamente los conceptos que le corresponden por prestaciones sociales.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 27 de julio de 2011; SEGUNDO: Se ANULA la sentencia recurrida y TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta.
Palabras clave
control de la legalidadprestaciones socialestrabajador de confianza