Sentencia N° 887 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0887, Exp. 12-828, 08/08/2012
Expediente12-828
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-08-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de agosto de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala argumentó que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas de orden público laboral que justifiquen la nulidad de la decisión impugnada. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación extraordinario y que debe ser restringido en casos donde se aleguen violaciones a derechos sustantivos del trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Juzgado Superior, 2) que no sea recurrible en casación, 3) que la solicitud se interponga ante el Juzgado Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar normas de orden público, y 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. Ahora bien, tratándose el recurso de control de la legalidad de un medio de impugnación de naturaleza extraordinaria, esta Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 4 de mayo de 2012. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciaorden públicorecursostrabajo

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