Sentencia N° 883 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0883, Exp. 13-630, 17/07/2014
Expediente13-630
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de los ciudadanos Dalci Baena y Diego Parado Flames contra el Centro Estético Aura's 33, C.A. y Edward Gregory Velásquez Fernández. La Sala argumenta que la relación entre los demandantes y la demandada era de carácter laboral, a pesar de los contratos de asociación de cuentas de participación presentados por la parte demandada, los cuales no desvirtúan la presunción de laboralidad.
Extracto de la motiva
La Sala evidencia que el juzgador de alzada aplica el denominado test de dependencia o examen de indicios a los fines de verificar la actividad a la cual estaban sometidos los demandantes, por lo cual, resuelve el mismo tomando en cuenta las declaraciones dadas por las partes en juicio y concluye que los trabajadores no eran autónomos en sus decisiones y en la manera de ejecutar su actividad, por cuanto la empresa era quien les asignaba el trabajo a los peluqueros y de la declaración de parte se extrae que si bien los estilistas tenían clientes fijos, atendían clientes que distribuía la cajera, no eran independientes en sus decisiones, por lo tanto, al igual que en la denuncia anterior se concluye que no existe en la motivación del juez de alzada razonamientos vagos, generales o inocuos que no permiten determinar el criterio que sigue el juez para llegar a su conclusión; razón por la cual se declara improcedente la presente denuncia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 19 de marzo de 2013, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida que declara CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos Dalci Baena y Diego Parado Flames, contra la sociedad mercantil CENTRO ESTÉTICO AURA´S 33, C.A. y solidariamente el ciudadano EDWARD GREGORY VELÁSQUEZ FERNÁNDEZ.
Palabras clave
casaciónlaboralrelación laboralpresunción de laboralidad