Sentencia N° 880 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0880, Exp. 05-519, 28/07/2005
Expediente05-519
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano José Gregorio Pinto contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Carabobo. La decisión se basa en la falta de constatación de las infracciones alegadas por la parte actora, que argumentaba la desestimación de pruebas y la violación de normas laborales. La Sala reafirma la naturaleza excepcional del recurso y la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, alega la parte actora recurrente, que el Juez de Alzada desechó las pruebas contenidas desde el folio 102 al 104, que demuestran la relación de dependencia entre el trabajador y la empresa accionada, y en vez de aplicar el principio de la primacía de la realidad de los hechos sobre las formas, dio valor a la apariencia creada por el patrono para desvirtuar la relación laboral, mediante la simulación de una relación mercantil. Igualmente, agrega quien recurre, que la decisión impugnada violó el artículo 60, literales “c” y “e” de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece que para la resolución de un caso determinado se aplicarán los principios universalmente admitidos por el derecho del trabajo, así como el artículo 65 eiusdem, por no aplicar la presunción de laboralidad existente entre quien presta un servicio y quien lo recibe. Por último, denuncia la infracción del artículo 59 de la mencionada Ley, por no aplicarse al caso de auto la norma más favorable al trabajador. Así pues, una vez examinado exhaustivamente el caso planteado, se aprecia que tales infracciones no han sido constatadas en forma alguna por esta Sala de Casación Social, lo cual trae como efecto inmediato, basada en los criterios que informan la presente decisión, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2004, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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