Sentencia N° 877 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0877, Exp. 15-1409, 12/08/2016
Expediente15-1409
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto tanto por la parte actora como por la parte demandada, en relación a la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Monagas. La decisión se basa en que los recursos no se ajustan a los fines del medio excepcional de impugnación establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales indicados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y, a tal efecto, observa: RECURSO INTERPUESTO POR LA PARTE ACTORA Aduce la representación judicial de la parte actora, que en el presente juicio por cobro de diferencia de prestaciones sociales, solicitó se ordenara a la demandada cancelar los intereses de mora y la corrección monetaria de la cantidad de dinero que fue pagada a la accionante en el año 2011, con motivo de la acción por calificación de despido que intentó el día 13 de febrero de 2003, y cuyo reclamo versó sobre el reenganche y pago de salarios caídos, donde la demandada se acogió a lo establecido en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, aplicable ratione temporis, consignando el monto al que hace referencia el indicado artículo, así como lo concerniente por concepto de prestaciones sociales. Conforme a lo expresado, al observar la parte actora la cantidad consignada por la empresa, la impugna, y una vez decidida la incidencia apeló de la misma, concluyendo el sentenciador de alzada que las sumas que recibía la trabajadora como parte de su retribución variable por cumplimiento de metas si tenía carácter salarial, e incidían en los cálculos de las indemnizaciones a las que se contrae el aludido artículo 125, ordenando la realización de una experticia complementaria del fallo con la finalidad de determinar lo que le correspondía a la demandante por concepto de salario variable por los últimos 12 meses, el cual arribó a la cantidad de Bs. 178.906,84, por lo tanto, al estar en presencia de un juicio de estabilidad laboral no existía cosa juzgada con relación a los demás conceptos, los cuales no fueron debatidos en el proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada; ambos contra la sentencia de fecha 26 de octubre de 2015, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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