Sentencia N° 876 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0876, Exp. 08-1290, 28/05/2009
Expediente08-1290
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-05-28
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto y se MODIFICA la sentencia recurrida en los términos aquí establecidos.

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara parcialmente con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. Se modifica la decisión anterior, considerando que la sentencia recurrida no contenía una decisión clara sobre la controversia planteada, lo que llevó a la nulidad por indeterminación objetiva. La Sala ordena el pago de diversas prestaciones a favor de la demandante, incluyendo horas extras, bono nocturno, y prestaciones de antigüedad, entre otros.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Para un mejor análisis de lo decidido por la Alzada, es menester transcribir lo atinente a ello, así la recurrida en su parte motiva es del tenor siguiente: En este sentido, debe quien Juzga (sic) bajar a los autos que conforman el presente caso a objeto de valorar los medios de pruebas aportados por las partes, observando a los folios 2 y 3 del libelo de demanda, que la parte actora reconoce expresamente haber laborado jornada mixta desde el 31 de octubre de 2000 hasta el 31 de octubre de 2004 y que a partir del 01 de noviembre de 2004 solo (sic) laboró en esa jornada mixta los días sábados, en consecuencia al no haber demostrado la parte accionada, que la actora, hubiese laborado en una jornada distinta a la invocada por ella, ni el pago del bono nocturno correspondiente en esa jornada, el mismo resulta procedente de conformidad con los artículos 156 y 195 de la Ley Orgánica del Trabajo, en consecuencia se ordena practicar experticia complementaria del fallo a los fines de calcular el recargo del 30% sobre la jornada diurna, en el período anteriormente señalado, a razón de 2,5 horas nocturnas. Así se establece.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, publicada el 11 de junio de 2008; 2° PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana DAYSI MARGARITA VALERO, contra la sociedad mercantil PANADERÍA, PASTELERÍA y DELICATESES ARCO IRIS C.A.; y 3° SIN LUGAR la demanda respecto a los ciudadanos MARIO DÍAS BARROS y JORGE MANUEL NETO ROSETE.

Palabras clave

prestaciones socialescontrol de la legalidadindemnizaciónjornada laboral

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