Sentencia N° 872 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0872, Exp. 10-889, 27/07/2010
Expediente10-889
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-07-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión se basa en el análisis de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concluyendo que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral. Por lo tanto, se declara inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que la sentencia recurrida incurrió en la violación del artículo 39 de la Ley Orgánica del Trabajo, al atribuirle una “idea equivocada al hecho determinado” como lo es desconocer la condición de trabajadores de los demandantes, a pesar de que en la audiencia de juicio la demandada reconoció la prestación de servicios personales por parte de los trabajadores, y además al establecer que a los demandantes se les pagaba un salario. De igual forma esgrime, la violación de los artículos 59 y 60 de la Ley Orgánica del Trabajo, por falta de aplicación, por cuanto de haber aplicado la recurrida dichas normas, hubiera establecido que el régimen legal aplicable en el presente caso, es el establecido en la citada Ley, por ser la mas favorable a los trabajadores. Ahora bien, y en atención a lo antes expuesto, efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, considera este alto Tribunal que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 1° de junio del año 2010, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz.
Palabras clave
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