Sentencia N° 869 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0869, Exp. 08-683, 28/05/2009
Expediente08-683
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-05-28
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el ciudadano Rafael Enrique Gordillo Delgado, en relación a la sentencia Nº 618 del 30 de abril de 2009. La solicitud fue considerada improcedente, ya que se buscaba modificar aspectos que no fueron objeto del recurso de casación. La Sala reafirmó que las aclaratorias deben limitarse a precisar puntos dudosos y no a revisar el fondo de la decisión.

Extracto de la motiva

La solicitud de aclaratoria va dirigida a precisar puntos dudosos, salvar omisiones y rectificar errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren en las sentencias, todo esto con el objeto de que las mismas puedan valerse por sí mismas y ser ejecutadas. En cuanto al lapso para solicitar las aclaratorias, esta Sala de Casación Social, en sentencias Nº 202, de fecha 13 de julio de 2000, estableció que la solicitud de aclaratorias o ampliaciones de las sentencias de instancia constituye un verdadero recurso, amplió el lapso para dicha solicitud, pero sólo con relación a las decisiones de instancia. Así las cosas, observa la Sala, que fue en fecha 4 de mayo de 2009, cuando la representación judicial de la parte demandante solicitó la aclaratoria de la sentencia que profiriera este Máximo Tribunal al conocer del recurso de casación Nº AA60-S-2008-000683, por lo que se colige la tempestividad de la solicitud de aclaratoria.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nº 618 de fecha 30 de abril de 2009, emanada de esta misma Sala, en el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentara el ciudadano Rafael Enrique Gordillo Delgado, contra la sociedad mercantil Venezolana de Prerreducidos Caroní, C.A., (VENPRECAR). Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.

Palabras clave

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