Sentencia N° 868 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0868, Exp. 06-2036, 07/05/2007
Expediente06-2036
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la ciudadana Oliva Camargo de Jaimes contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Táchira, que había declarado sin lugar un recurso de apelación y confirmado el fallo de primera instancia. La Sala determinó que la acción laboral se encontraba prescrita, ya que no se cumplió con los requisitos necesarios para interrumpir el lapso de prescripción, a pesar de las alegaciones de la parte actora sobre la suspensión de la misma por la implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la parte formalizante esgrime como sustento de la misma, que la sentencia impugnada concluyó que la acción se encontraba prescrita, sin tomar en consideración que el lapso de prescripción había quedado suspendido no solo durante el período en que estuvieron cerrado los Tribunales del Trabajo producto de la implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sino también por el lapso de tiempo en que la causa estuvo paralizada una vez que empezaron a funcionar los Tribunales del Régimen Procesal Transitorio, incurriendo así en falta de aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no acoger la doctrina jurisprudencial de la Sala referida a los requisitos exigidos para que opere la suspensión de la prescripción.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 16 de octubre de 2006, en consecuencia SE CONFIRMA el fallo recurrido. No se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
prescripciónrecursos laboralessentenciaLey Orgánica Procesal del Trabajoacción laboralTribunales del Trabajocobro de prestacionessuspensión