Sentencia N° 867 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0867, Exp. 15-162, 12/08/2016
Expediente15-162
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Industrias Metálicas Pellizzari, C.A., anulando el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de los trabajadores. La Sala determinó que los días 24 y 31 de diciembre deben ser remunerados a partir de 2012, pero sin recargo, ya que no se prestaron servicios durante esos días por estar en vacaciones colectivas. Además, se ordenó el pago de intereses moratorios desde la fecha de culminación de la relación laboral hasta su efectivo pago.

Extracto de la motiva

La Sala considera que al no evidenciarse pago alguno de los días 24 y 31 a partir de la entrada en vigencia en el año 2012 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, y ante la solicitud de la aplicación de la costumbre como fuente de Derecho a tenor de lo dispuesto en el artículo 16 eiusdem, es importante precisar que para que ésta se considere como tal, deben coexistir 2 elementos esenciales, a saber: i) la existencia de un hábito derivado de la prestación del servicio; y ii) la repetición continua y regular del mencionado hábito. La presencia de esos 2 ítems, estimula que la conducta reiterada tanto por el patrono como por los trabajadores se convierta en una norma consuetudinaria. La costumbre como fuente de Derecho, prohíbe la modificación unilateral en detrimento de las condiciones otorgadas por el patrono a favor de sus trabajadores de las condiciones más beneficiosas, que si bien no son parte integrante de un cuerpo normativo, bien sea, contractual o legal, su uso regular y permanente crean la expectativa de su percepción.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada Industrias Metálicas Pellizzari, C.A., contra la sentencia proferida en fecha 9 de diciembre de 2014, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; SEGUNDO: NULO el fallo recurrido y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada.

Palabras clave

control de legalidaddías feriadosvacaciones colectivasremuneraciónintereses moratorios

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