Sentencia N° 866 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0866, Exp. 09-255, 28/05/2009
Expediente09-255
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-05-28
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 28 de mayo de 2009, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por Wilmer Oviedo contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Yaracuy, que había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte intimada. La Sala argumentó que el recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido por la ley, lo que llevó a la declaración de su perecimiento.

Extracto de la motiva

En virtud de las razones anteriormente expuestas, resulta inadmisible el presente recurso de control de la legalidad, por ser este un recurso consagrado especialmente para la protección de las instituciones fundamentales del derecho del trabajo, acotándose que contra este tipo de fallos recaídos en un procedimiento incidental de estimación e intimación de honorarios profesionales el medio de impugnación a proponer es el extraordinario recurso de casación civil, el cual deberá ser conocido por esta Sala, de manera excepcional, por emanar las sentencias de instancia de juzgados con competencia laboral, dejándose sentado que a partir de la publicación del presente fallo, dicho recurso deberá fundamentarse evidentemente de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil y no de conformidad con la novísima Ley Orgánica Procesal Laboral. Así se decide. (Negrillas de la Sala).

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte intimante, ciudadano Wilmer Oviedo, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha 4 de febrero de 2009. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

honorariosrecursocasacióntrabajoprocedimientolegalidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca