Sentencia N° 864 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0864, Exp. 05-269, 28/07/2005
Expediente05-269
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un juicio por cobro de diferencia de prestaciones sociales. Se determinó que la competencia correspondía al Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, con sede en Maracaibo, Estado Zulia, debido a que los demandantes eran funcionarios públicos. La Sala destacó la importancia de que los asuntos laborales sean decididos por jueces con competencia en la materia, garantizando así el derecho a ser juzgado por su juez natural.
Extracto de la motiva
La regulación de la competencia surge con motivo del juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales que inició el apoderado actor, en los siguientes términos: ...Mis mandantes trabajaron para la Secretaría de Salud, organismo dependiente del Ejecutivo Regional del Estado Falcón, hasta el 1 de enero del año 2002, cuando de manera intempestiva, aparecieron en un decreto N° 634 emanado del Gobernador del Estado Falcón, Lic. JESÚS MONTILLA APONTE, otorgándoles una jubilación especial por reestructuración. (…)
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara competente al JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, para conocer del presente juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado declarado competente.
Palabras clave
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