Sentencia N° 860 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0860, Exp. 06-1967, 03/05/2007
Expediente06-1967
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de mayo de 2007, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Ana Fidelia Álvarez Rivolta contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo del Estado Lara, que había declarado sin lugar la apelación y la demanda. La Sala consideró que la relación entre la actora y las empresas demandadas era de naturaleza mercantil y no laboral, basándose en la falta de pruebas que demostraran una relación laboral efectiva.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la parte demandante no logró demostrar una actividad distinta a la que la ley prevé para el comisario, y que la relación existente era de naturaleza mercantil. Se concluyó que la Alzada actuó correctamente al atribuir la carga de la prueba a las empresas demandadas para desvirtuar la presunción de laboralidad, pero no lo hicieron. La Sala también destacó que la apreciación de las pruebas es de la soberanía de los jueces de instancia y que no se debe declarar la nulidad por la nulidad misma, sino que el error debe ser determinante en el fallo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 19 de octubre de 2006. Se condena en costas a la parte recurrente, en conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
relación laboralcomisariocarga de la pruebanaturaleza mercantilLey Orgánica del Trabajosentencia de casaciónprestaciones sociales