Sentencia N° 86 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0086, Exp. 12-747, 07/02/2014
Expediente12-747
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-02-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Exxonmobil de Venezuela, S.A., en un caso de daño moral por accidente de trabajo. La sentencia de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado el fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala determinó que la responsabilidad del patrono es objetiva y que el accidente ocurrido, aunque involucrara a un tercero, no exime de la obligación de indemnizar al trabajador por daño moral.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: Arguye la recurrente que de conformidad con la teoría de la responsabilidad objetiva, toda persona es responsable por los daños que ocasionen las cosas que tiene bajo su guarda, salvo que el hecho ilícito generador del daño provenga de caso fortuito o fuerza mayor, falta de la víctima o el hecho de un tercero. Sostiene que en el caso sub examine, quedó demostrado en autos que el accidente de tránsito que causó las lesiones al demandante Marcos Armando Fernández, devino de la actuación material de un tercero, lo cual a su entender se traduce en una eximente de responsabilidad patronal, producto de una causa extraña no imputable, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.193 del Código Civil. Así las cosas, para esta Sala de Casación Social constituye criterio pacífico y reiterado que la errónea interpretación de la ley ocurre cuando el juez aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionando apropiadamente, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil Exxonmobil de Venezuela, S.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de abril de 2012; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
daño moralaccidente de trabajoresponsabilidad objetivaindemnización