Sentencia N° 859 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0859, Exp. 06-1620, 02/05/2007
Expediente06-1620
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de mayo de 2007, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Julio Báez contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Lara, que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora. La Sala anuló el fallo recurrido y condenó a la demandada, CANTV, al pago de una cantidad correspondiente al 17% del último sueldo básico devengado por el trabajador, así como a incluir dicho monto en el cálculo de las prestaciones sociales y la pensión de jubilación.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Respecto a la denuncia formulada, lo primero que debe señalar la Sala es la manifiesta falta de técnica en la que incurre el formalizante. Es reiterada la posición de esta Sala de Casación Social en cuanto al deber del recurrente en cumplir con la correcta técnica casacional al plantear sus denuncias, así, cualquier delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, imprecisa o confusa daría lugar a que fuera desechada por su indeterminación, al extremo que incluso pudiera acarrear conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el perecimiento del propio recurso de casación. En el caso bajo examen, alega el formalizante que el acta de la audiencia oral, no recogió cabalmente los alegatos invocados a favor de la parte actora, luego esgrime que la sentencia no indica la razón por la cual se condenó en costas al trabajador, luego prosigue señalando, que durante la audiencia consignaron escrito de alegatos los cuales fueron desincorporados por el juez arbitrariamente, con lo cual, a su decir, le ocasionó indefensión al demandante. Asimismo señala que la sentencia impugnada establece una derogatoria del orden público procesal que los coloca frente a una aplicación retroactiva de la Ley Laboral, en perjuicio del trabajador. Concluyen señalando, que ni el acta de audiencia ni el fallo determinan cuál es el motivo del recurso de apelación, con lo cual se violentó la tutela judicial de los derechos laborales. Ahora bien, de la anterior denuncia evidencia la Sala, que no se encuentran delimitados de forma lógico-jurídica los motivos de casación, pues, el formalizante incurre en serias deficiencias técnicas, con lo cual incumple con su carga de fundamentar debidamente su escrito, motivo suficiente para desechar la delación por falta de técnica. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 27 de julio del año 2006, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto. En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido; y, 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por JULIO BÁEZ contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.). En consecuencia, se condena a la demandada al pago de la cantidad de doscientos cinco mil novecientos setenta y cinco bolívares con cuarenta céntimos (Bs. 205.975,40), correspondiente al 17% del último sueldo básico devengado por el trabajador, desde 1° de junio del año 2000 hasta el 31 de julio del mismo año. Así mismo, se ordena incluir dicho aumento al sueldo básico del trabajador, para el cálculo de las prestaciones sociales a fin de pagar la diferencia de prestaciones sociales, para lo cual se realizará una experticia complementaria, por un solo experto, designado por el tribunal que corresponda la ejecución del fallo, a expensas de ambas partes.

Palabras clave

prestaciones socialespensión de jubilaciónrecurso de casaciónderechos laboralesLey Orgánica Procesal del TrabajoCANTVindefensióncontrato colectivo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca