Sentencia N° 852 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0852, Exp. 09-1281, 27/07/2010
Expediente09-1281
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-07-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, PDVSA Petróleo, S.A., en un caso de cobro de prestaciones sociales. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar la demanda, pero la parte demandada alegó la prescripción de la acción. La Sala concluyó que la acción estaba efectivamente prescrita, ya que transcurrieron más de cuatro años sin que se interrumpiera el término de prescripción establecido por la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
La falta de aplicación de una norma se produce cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. En el caso sub iudice, quedó establecido que el ciudadano Julio César Rosal Cabrera prestó servicios para Petróleos de Venezuela, S.A., desde el 02 de octubre de 1980 hasta el 31 de enero de 2003, cuando fue despedido del cargo de Líder de Gestión en la División Exploración y Producción de Occidente. La parte demandada alegó la prescripción de la acción, en sujeción a lo establecido en los artículos 61 y 64, literal a), de la Ley Orgánica del Trabajo, por considerar que había transcurrido más de un año desde el 31 de enero de 2003, fecha en la que terminó la relación laboral, hasta el momento en que fue interpuesta la demanda sin que se hubiese interrumpido la prescripción.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 14 de julio de 2009, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil Pdvsa Petróleo, S.A.; 3) ANULA la sentencia recurrida; 4) En atención a lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas y declara SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Julio César Rosal Cabrera.