Sentencia N° 846 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0846, Exp. 13-420, 07/07/2014
Expediente13-420
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-07-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, confirmando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La parte demandante alegaba la existencia de una relación laboral y la sustitución patronal entre las empresas Importadora Abbussi 2004, C.A. y Inversiones Zuna 1040, C.A., pero la Sala concluyó que no se presentaron pruebas suficientes que corroboraran tales afirmaciones.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que la sentencia recurrida, tal y como fue denunciado por la recurrente, incurrió en un error cuando por una parte a las documentales que fueron promovidas por la accionada Inversiones Zuna 1040, C.A., y que rielan a los folios 88 al 128, no les otorga valor probatorio por haber sido impugnadas por la parte actora, al tratarse de copias simples, pero por otra, al momento de motivar la declaratoria sin lugar de la apelación, se vale de una de ellas, específicamente del contrato de arrendamiento suscrito entre los ciudadanos Victoria Yolanda de Urbina, José Araon Herrera Orellana y Mohamad Kassem Mehana, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil Inversiones Zuna 1040, C.A., sobre un inmueble constituido por dos (02) locales comerciales propiedad de aquellos, identificados con las letras “A & B”, ubicados en la planta baja del edificio Vivalca, Avenida Principal del Cementerio, con Calle Los Alpes Sur, Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital (folios 88 al 84), para fundamentar el hecho de que la empresa Inversiones Zuna 1040, C.A. funciona en los locales “A&B” de la planta baja del edificio Vivalco, mientras que la compañía Importaciones Abbussi 2004, C.A. tiene su dirección, tal y como lo indicó el demandante en el escrito libelar en el mismo edificio, pero en el local “E”, concluyendo que dichas entidades son establecimientos distintos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 15 de febrero del año 2013; SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida. No se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
relación laboralsustitución patronalcarga de la pruebadocumentaciónerror judicialvalor probatorio