Sentencia N° 837 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de julio de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0837, Exp. 11-845, 15/07/2011
Expediente11-845
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-07-15
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Argenis Sifuentes contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Nueva Esparta. La Sala determinó que la decisión recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia el recurrente que la recurrida omite parte importante de la exposición realizada por la parte demandante, con relación a que la sentencia del a-quo violaba los derechos constitucionales de los trabajadores, lo cual era un mal precedente que se estaba creando sobre la irrenunciabilidad de los derechos laborales e igualmente creaba una excepción para renunciar a los mismos, como era estar asistido por un profesional del Derecho, pues la defensa de la parte actora se basó básicamente en ello y el ad-quem ignoró totalmente este punto, como si no hubiere pasado, si no existiera, lo cual es violatorio al debido proceso.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 13 de mayo del año 2011 emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta a los fines legales consiguientes.

Palabras clave

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