Sentencia N° 836 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de enero de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 0836, Exp. 04-912, 28/07/2005
Expediente04-912
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-01-17
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Julio César Mercado contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente del Estado Apure. La Sala establece que la recurrida incurrió en infracción de los artículos 61 y 64 de la Ley Orgánica del Trabajo al declarar inaplicable la norma de prescripción, considerando que prevalecen las disposiciones constitucionales mencionadas en el fallo. Además, se determina que la parte demandada no alegó ninguna circunstancia interruptiva de la prescripción, lo que lleva a la Sala a casarse el fallo sin reenvío y a declarar improcedente la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El actor concluyó su prestación de servicios para la demandada en fecha 07 de diciembre de 1999 e introdujo la presente demanda por cobro de prestaciones el 30 de octubre de 2002, esto es, casi tres años después, de donde resulta excedido con creces el lapso de prescripción contemplado en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo, salvo la existencia de alguna circunstancia interruptiva de la misma que no se alega en el libelo ni aparece de los autos, no obstante lo cual la recurrida, efectivamente como se alega, declara inaplicable dicha norma por estimar que prevalecen al respecto las disposiciones constitucionales arriba mencionadas. Ahora bien, en doctrina ya reiterada en numerosos fallos, entre otros en su Sentencia N° 475 de fecha 16-11-00 citada por la representación de la parte demandada, la Sala ha establecido que cuando la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 3, de la Constitución, establece la continuidad del régimen actual de prestaciones, ello incluye lo relativo al lapso de prescripción, por lo cual, mientras no entre en vigencia la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo vigente que modifique lo relativo a dicho lapso, siguen siendo aplicables las normas al respecto de ésta última, concretamente, los denunciados artículos 61 y 64.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara 1° CON LUGAR el presente recurso de casación; 2° CASA SIN REENVÍO la sentencia definitiva de 19 de mayo de 2004 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure; 3° SIN LUGAR, la demanda. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte actora en las costas del proceso.

Palabras clave

cobro de prestacionesprescripciónLey Orgánica del Trabajorecurso de casaciónconstituciónjurisdiccióndecisión judicial

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