Sentencia N° 816 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de noviembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0816, Exp. 12-1643, 08/11/2018
Expediente12-1643
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-11-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 234, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Alexi Maza contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado parcialmente con lugar los recursos de apelación. La Sala anula la decisión recurrida y establece que la compensación por días de descanso no disfrutados debe calcularse con un recargo específico, resultando en una diferencia a favor del actor. Además, se condena a la demandada al pago de la diferencia por concepto de pensión de jubilación, conforme a los parámetros establecidos en la decisión.
Extracto de la motiva
Es reiterada la posición de esta Sala en cuanto al deber del recurrente de cumplir con la correcta técnica casacional al plantear sus denuncias. Así, cualquier delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, imprecisa o confusa daría lugar a que fuera desechada por indeterminada, al extremo que incluso pudiera acarrear conforme a lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el perecimiento del propio recurso. No siendo sólo una carga para el recurrente precisar con claridad la especificidad de sus denuncias, sino que también se encuentra obligado a que su escrito de formalización, considerado como un cuerpo sistemático de argumentaciones jurídicas, esté constituido en cuanto a su construcción lógico-jurídica, de un esquema lo suficientemente coherente, para delimitar los motivos o causales de casación. En lo que concierne a la denuncia formulada, lo primero que se advierte es la evidente falta de técnica en la que incurre el recurrente, toda vez que no fundamenta su denuncia en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no obstante, esta Sala, pese a las deficiencias encontradas, extremando sus funciones, con el propósito de preservar las garantías contenidas en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede a analizar los argumentos que sustentan su delación, entendiendo que lo pretendido por el formalizante fue denunciar el vicio de inmotivación por falsedad o manifiesta ilogicidad de la motivación, el cual considerado como un error de juzgamiento, debe enmarcarse en el numeral 3 del aludido artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, publicada en fecha 26 de octubre de 2012, SEGUNDO: SE ANULA la sentencia recurrida, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Alexi Maza contra la sociedad mercantil Cervecería Polar, C.A.
Palabras clave
prestaciones socialescasaciónpensión de jubilacióndías de descanso compensatorios