Sentencia N° 814 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de julio de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0814, Exp. 11-659, 12/07/2011
Expediente11-659
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-07-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, ya que no vulneraba normas de orden público laboral. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el sentenciador de alzada infringió el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, puesto que si bien toda prestación de servicios personales, hace presumir la existencia de una relación de trabajo, es necesaria la concurrencia de otros elementos como la subordinación o ajenidad de los servicios. Que en el caso que nos ocupa, la demandante estaba vinculada con la demandada por un contrato de Asociación de Cuentas en Participación, conforme al artículo 359 del Código de Comercio, en donde percibía el 60% de los ingresos producidos en el mes, no estaba sometida a horario de trabajo y fijaba la tarifa de común acuerdo con los demás asociados y la empresa, elementos éstos que a su decir, no fueron debidamente analizados y valorados por la recurrida, desacatando así la sentencia dictada por esta Sala de Casación Social de fecha 13 de agosto del año 2002, que consagra el test de laboralidad.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 7 de abril del año 2011, emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo.

Palabras clave

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