Sentencia N° 812 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0812, Exp. 14-1684, 09/08/2016
Expediente14-1684
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-08-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de agosto de 2016, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., contra el fallo del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La Sala determinó que la demandante, Janette Alexandra Pérez Salazar, quien se desempeñaba como Gerente de Zona, estaba excluida del ámbito de aplicación del contrato colectivo de trabajo, lo que invalidó su derecho a la indemnización reclamada en virtud de la cláusula 18 de la convención colectiva.
Extracto de la motiva
(…) Es el caso, que a pesar que la demandante aduce dentro de libelo haber sido despedida, no se evidencia del mismo que hayan sido demandadas indemnizaciones derivadas de un despido, ni mucho menos diferencias por indemnización alguna relacionada con el supuesto despido injustificado o bien la cláusula 18 de la Convención Colectiva de Trabajo (sic), (…) en la audiencia de juicio, de las propias afirmaciones de los apoderados de la demandante quedó claro que ellos no demandaban beneficios contenidos en la convención colectiva de trabajo (…) pues ellos se encontraban contestes con que la misma no le aplicaba a la demandante (…) por lo que la indemnización prevista en la cláusula 18 (…) no fue un concepto reclamado por el actor, así se evidencia del libelo de demanda, por lo que mal pudo haber sido objeto del thema decidendum (…).
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2014; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; TERCERO: SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales.