Sentencia N° 810 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0810, Exp. 04-1494, 08/07/2005
Expediente04-1494
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-07-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José Hernández contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Aragua. La Sala argumenta que las denuncias presentadas por el recurrente carecen de fundamento, ya que la Juez de Alzada analizó adecuadamente los alegatos de las partes y fundamentó su decisión en los hechos y derechos pertinentes. Se confirma el fallo de la instancia inferior, sin condenatoria en costas.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir, observa: Del texto de la sentencia recurrida se desprende que la Juez de Alzada resumió los alegatos de las partes formulados en la audiencia oral, evidenciándose de las intervenciones allí plasmadas los términos en que quedó trabada la litis, referidos a la procedencia de las horas extras reclamadas y al pago de los conceptos reclamados para el mes de junio de 1997, por lo cual carece de fundamento la presente denuncia. Así se decide. La Juez de la recurrida luego de pronunciarse sobre los alegatos de las partes al momento de la apelación, ordenó que la sentencia de primera instancia debía ser modificada en cuanto a la designación de un experto contable a los fines de realizar una experticia complementaria del fallo, estableciendo como base cálculo los diferentes montos salariales reflejados en las constancias de pago consignadas por el actor deduciendo los conceptos ya cancelados. Asimismo, de la parte motiva del fallo se evidencia la negativa sobre las horas extraordinarias reclamadas y la no inclusión de los viáticos en el salario base para el cálculo de las prestaciones sociales. Siendo así, quedan claros los parámetros que deberá utilizar el experto para establecer los montos de los conceptos reclamados conforme a la Ley Orgánica del Trabajo, con lo cual queda claramente determinado el objeto sobre el cual recayó la decisión, razón para desestimar esta denuncia. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el Abogado Justo Morao Rosas actuando en representación del ciudadano JOSÉ HERNÁNDEZ contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 20 de septiembre de 2004. En consecuencia, se CONFIRMA el referido fallo. No hay condenatoria en costas.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónjuzgado de alzadahoras extrasprestaciones socialesinfracción de leyvicios de actividad