Sentencia N° 807 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0807, Exp. 13-430, 08/10/2013
Expediente13-430
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónADMITE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo que declaró sin lugar la apelación. La Sala establece que el recurso es procedente al considerar que se han cumplido los requisitos de tiempo y forma establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se argumenta que la decisión recurrida transgrede el orden público procesal al confirmar una sentencia sin los elementos necesarios para establecer la solidaridad entre las empresas demandadas.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social ha señalado según sentencia N° 87 de fecha 20 de febrero del año 2003, caso Dimas Alberto Velasco Sánchez contra Molinos Nacionales, C.A., que al ser el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, a los fines de asegurar su admisibilidad, debe cumplirse con las exigencias antes transcritas, las cuales son: 1.- Que se trate de sentencias emanadas de Juzgados Superiores laborales; 2.- Que no sean impugnables en casación; y 3.- Que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público. Además de ello para su admisibilidad se requiere verificar: 1.- La oportunidad para su interposición, es decir, que sea solicitado el recurso de control de la legalidad dentro de un lapso preclusivo de cinco (5) días, contado por días de despacho, siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión; y 2.- La extensión del escrito, es decir, que no exceda de tres (3) folios útiles y sus vueltos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso.
Palabras clave
control de la legalidadsentencia laboralsolidaridad