Sentencia N° 802 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de julio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 802, Exp. 04-695, 15/07/2004
Expediente04-695
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-07-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de julio de 2004, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo. La Sala fundamenta su decisión en la falta de infracción o amenaza de violación de normas de orden público procesal o de la jurisprudencia reiterada. Se destaca que el recurrente alegó errónea interpretación de la Ley Orgánica del Trabajo, pero la Sala no encontró méritos para admitir el recurso.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía del control de la Legalidad aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación violenten o amenacen con violentar las normas de estricto orden público o cuando la decisión sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala. Ahora bien, una vez cumplidos los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Adjetiva Laboral, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente para aquellas circunstancias donde se hallan violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa. En el caso concreto, informa el recurrente que la decisión objeto del presente recurso incurre en el vicio de errónea interpretación del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo y de la reiterada jurisprudencia de la Sala de Casación Social que indica cuales conceptos deben ser considerados parte integrante del salario. Para el caso bajo estudio, no constata la Sala infracción o amenaza de violación de normas que informan al orden público procesal o de la Jurisprudencia reiterada. De manera que, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte accionada contra la decisión de fecha 11 de mayo de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen ya identificado.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisionjurisprudenciaderecho laboralsalarioorden públicodebido proceso

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