Sentencia N° 801 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0801, Exp. 14-1068, 12/08/2015
Expediente14-1068
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre los demandantes y la asociación civil demandada, en el marco de un litigio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. Las partes acordaron un pago total a favor de los trabajadores, que fue verificado y considerado conforme a la ley. La decisión concluye el litigio judicial de manera definitiva, otorgando efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional.
Extracto de la motiva
Examinado el documento, se evidencia que los extrabajadores actuaron a través de apoderado judicial, con poder debidamente otorgado para ello (vid. folio 71, pieza 1), y la parte demandada a través de su representante judicial debidamente constituida y facultada para celebrar el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto en la pieza 4 del expediente, y que fue acompañado conjuntamente con el documento contentivo de transacción, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, quedando de manifiesto que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos DARWIN ANTONIO VALENTE GALLARDO, PABLO PACHECO MATERANO, NÉSTOR ALEJANDRO TOVAR PÉREZ, HERNÁN SUÁREZ, RAFAEL ANTONIO BASTIDAS, LUIS ALBERTO COROBOS, ALEJANDRO AGUILAR MACHADO, WILLIAN DEY BELMONTE CAMACHO, RODOLFO VELASCO MUJICA, JESÚS ANTONIO AMARO DELGADO, KENY DANIEL CASTRO SILVIO, ARMANDO JOSÉ GARCÍA y PABLO BERNARDO GUERRERO NAVAS, y la asociación civil IZCARAGUA COUNTRY CLUB A.C., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.
Palabras clave
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