Sentencia N° 8 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de febrero de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0008, Exp. 14-723, 10/02/2015
Expediente14-723
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-02-10
DecisiónHomologa
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción laboral entre Eduardo José Rengifo Márquez y la sociedad mercantil BIOVEN, C.A., en los términos establecidos por las partes. Se verificó que las partes actuaron con apoderados judiciales debidamente constituidos y que el acuerdo fue realizado de manera voluntaria, cumpliendo con los requisitos legales pertinentes. La decisión concluye el litigio judicial de forma definitiva a través de un medio alterno de resolución de conflictos.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que las partes actuaron representadas mediante apoderados judiciales debidamente constituidos y facultados para celebrar el presente contrato, tal como se evidencia de los instrumentos poder que corren insertos en los folios 10 y 39 de la pieza n° 1 del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la manifestación escrita del acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y el escrito consignado en la fecha indicada se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano Eduardo José Rengifo Márquez y la sociedad mercantil Bioven, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos; pásese en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.
Palabras clave
transaccióncosa juzgadaresolución de conflictosbienestar socialobligacionesconstitución