Sentencia N° 798 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 798, Exp. 03-042, 16/12/2003
Expediente03-042
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, decidió el recurso de casación interpuesto por la empresa SUDAMTEX DE VENEZUELA, C.A., S.A.C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior que había declarado con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales presentada por Rafael Celestino Cermeño. La Sala analizó las denuncias de incongruencia y error de juzgamiento, concluyendo que no se evidenció infracción alguna en las decisiones del tribunal de alzada. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de casación y se condenó en costas al recurrente.
Extracto de la motiva
La parte formalizante plantea en el Capítulo primero de su escrito de formalización una tacha incidental de la nota de la Secretaría del Tribunal de la causa, de fecha 13 de septiembre de 2002 (folio 270), y si bien, al final del mismo escrito de formalización se desiste de la tacha, esta Sala de Casación Social no puede dejar de señalar que mediante el recurso de casación únicamente se revisa la legalidad del fallo de Alzada que puso fin al juicio, no siendo posible plantear ante el máximo Tribunal una tacha de documento, que, aun siendo de carácter incidental, debe incoarse ante el Tribunal de la causa. Con fundamento en el ordinal 1° del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se denuncia la infracción por parte de la recurrida del ordinal 5° del artículo 243 eiusdem, por no haber decidido todo lo alegado por la parte demandada y por haber decidido defensas no opuestas, por lo cual el Juez de alzada incurrió en el vicio de incongruencia. Sostiene el recurrente, que al momento de contestarse la demanda, no fue opuesta la cuestión previa contenida en el ordinal 4° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y que, por tanto, el ad quem cuando declaró que dicha cuestión previa de ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado había sido decidida por el Tribunal de la causa, decidió algo no planteado. Al respecto, alega la parte recurrente que en su escrito de contestación de demanda solicitó se declarara la nulidad de lo actuado y se citara al verdadero representante legal de la empresa demandada, pero que ello no fue decidido en la sentencia de segunda instancia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la demandada Sudamtex de Venezuela, C.A., S.A.C.A., contra la sentencia definitiva de fecha 30 de mayo de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecursos de casaciónilegitimidaderror de juzgamientosilencio de pruebacostas del juicioLey Orgánica del Trabajo