Sentencia N° 796 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0796, Exp. 12-1672, 04/10/2013
Expediente12-1672
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-10-04
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, decidió declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Transporte Las Tunas, C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua. La decisión se basa en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en las violaciones alegadas por la parte demandada, quien argumentó que no se valoró adecuadamente el material probatorio presentado en su defensa. El Tribunal destacó que, de acuerdo con el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tiene la potestad de revisar decisiones que violenten normas de orden público laboral. Sin embargo, en este caso, se concluyó que no existían tales violaciones, y que la carga de la prueba recaía sobre la parte actora para demostrar que el despido fue injustificado, lo cual no se logró. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen y se publicó la decisión, sin condena en costas, dada la naturaleza de la resolución.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada la violación de los artículos 177, 69 y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que en la recurrida se silenció totalmente el material probatorio aportado por la demandada, en relación a la participación del despido del trabajador, efectuada por abandono de su puesto de trabajo, presentada por ante los Tribunales Laborales de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con sede en La Victoria, estado Aragua. Así pues, explica quien recurre que en la parte narrativa del fallo, solamente se analizó parcialmente el material probatorio de la parte demandada, sin señalarse siquiera la valoración otorgada al documento público administrativo, conformado por la participación de despido aludida. Asimismo, se indica que no se valoró en forma alguna la prueba de informe que fuera enviada por el Circuito Judicial Laboral con sede en La Victoria, en donde se sirvió señalar que en fecha 15 de marzo de 2011, la empresa Transporte Las Tunas, C.A., presentó escrito contentivo de participación de despido; que dicha participación está dirigida en contra del trabajador Oscar José García Méndez; que el motivo de la participación de despido fue debido a faltas injustificadas que fueron ejecutadas en forma intermitente a su puesto de trabajo durante los meses de febrero, y marzo del año 2011; y que dicha participación de despido se tramitó bajo el expediente N° DR31-L-2011-000002.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 30 de octubre de 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidaddespido injustificadocarga de la pruebaderecho laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca