Sentencia N° 794 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0794, Exp. 16-623, 11/08/2017
Expediente16-623
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de agosto de 2017, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el Condominio Edificio José Vargas contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La controversia se centró en la jornada laboral del demandante, Lázaro José Alfonzo, quien reclamaba el pago de horas extras y bono nocturno, argumentando que había trabajado en horarios diurnos y nocturnos. La Sala determinó que el juez de alzada había actuado conforme a las pruebas presentadas, concluyendo que el actor había laborado en horario nocturno y que la condena a pagar horas extras era válida.

Extracto de la motiva

Del análisis exhaustivo de los argumentos expresados por la recurrente, esta Sala advierte que es menester destacar la obligación que tiene el formalizante de cumplir con la esencial técnica de casación, por ser un requisito fundamental para descender al conocimiento de la presente denuncia, por lo tanto se requiere que la formalización del recurso de casación en materia laboral cumpla con los siguientes extremos: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2) la cita o el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos; y 3) las razones o fundamentos en que se apoya la denuncia, para así evidenciar en forma precisa dónde se localiza el vicio que se delata o los motivos de casación; por consiguiente, es una carga para el formalizante que en el escrito de formalización, considerado este como un cuerpo sistemático de argumentaciones lógicas-jurídicas, se precise con claridad la especificidad de sus denuncias, de tal forma que cada planteamiento formulado sea comprensible, expresando la forma en que se consideran infringidas las normas presuntamente violadas y cuál de las causales de procedencia del recurso de casación es la que se delata.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, CONDOMINIO EDIFICIO JOSÉ VARGAS contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 18 de marzo de 2016. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialeshoras extrasbono nocturnojornada laboralincongruencia negativa

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