Sentencia N° 786 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de diciembre de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 786, Exp. 03-381, 01/12/2003
Expediente03-381
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2003-12-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. Se establece que no existe violación de normas de orden público ni de la jurisprudencia reiterada de la Sala. La decisión de alzada había declarado sin lugar la apelación y con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, confirmando el fallo del Tribunal de la causa.

Extracto de la motiva

Ahora bien, del análisis exhaustivo de dicha solicitud así como de las actas que conforman el expediente, especialmente de la sentencia recurrida, esta Sala verifica, que en el presente caso no existe violación de norma de orden público, ni de la reiterada jurisprudencia de esta Sala, que transgredan el estado de derecho. En consecuencia y por los motivos antes expuestos, resulta inadmisible el presente recurso de control de la legalidad y así se establecerá en el dispositivo de la presente decisión.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 1° de abril del año 2003, dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadreenganchesalarios caídosjurisprudencianormas de orden públicoCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Trabajo

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