Sentencia N° 784 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de junio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0784, Exp. 13-505, 18/06/2014
Expediente13-505
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-06-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Ronald Javier Salazar Salazar contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación. La Sala concluye que no se incurrió en infracción de la norma denunciada, ya que el demandante no tenía derecho a los viáticos solicitados, dado que prestó servicios en una localidad menor a los 50 km de su lugar de trabajo acordado en el contrato.
Extracto de la motiva
El Tribunal no pudo incurrir en la infracción de la norma denunciada, habida cuenta que en la misma se concluyó que no era procedente el pago de los conceptos peticionados por el actor - viáticos fijos, asignaciones o arreglos propios contractuales - y su consecuente incidencia sobre los conceptos laborales devengados por el trabajador, en virtud de que conforme al Manual Corporativo de Políticas, Normas y Planes de Recursos Humanos, al cual remite el contrato individual de trabajo suscrito entre las partes en la transcrita cláusula segunda, -addendum del mismo-, que además constituye el sustento de los conceptos peticionados, se desprende tal como lo señaló el juzgador de alzada que los viáticos sólo se causan cuando el servicio sea prestado en una localidad cuya distancia con la ciudad donde permanentemente se preste el servicio sea superior a los 50 km, lo cual en el caso de autos no se supera, visto que entre Caracas donde se acordó la prestación del servicio y Los Teques hay 32 kilómetros.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de febrero de 2013; en consecuencia, confirma el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda.
Palabras clave
casaciónlaboralviáticoscontrato de trabajoPetróleos de Venezuela