Sentencia N° 777 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de julio de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0777, Exp. 10-745, 13/07/2010
Expediente10-745
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónInadmisible

Resumen

En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un juicio de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo no incurrió en violaciones de normas de orden público, ya que se basó en las pruebas documentales y testimoniales presentadas en el juicio. La Sala destaca que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde se violen disposiciones de orden público o se contravenga la jurisprudencia reiterada. En este caso, se concluye que no hubo tal violación, lo que lleva a declarar inadmisible el recurso presentado por la demandada. Finalmente, se ordena la remisión del expediente al Juzgado de origen, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 6 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Estado Lara. Particípese esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado.

Palabras clave

cobroprestacionestrabajorecursoinadmisionjurisprudencia

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