Sentencia N° 770 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0770, Exp. 13-1592, 02/08/2016
Expediente13-1592
PonenteDANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-08-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de agosto de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por LUIS FELIPE ANDRADE contra el fallo del Juzgado Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de Zulia, que había declarado sin lugar la demanda de indemnización por enfermedad ocupacional. La Sala consideró que no existía vicio de inmotivación ni falso supuesto en la sentencia recurrida, ya que el juez había valorado adecuadamente las pruebas presentadas. Se confirma el fallo recurrido y se condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

En consecuencia, esta Sala declara improcedente el vicio de falta de motivación por silencio de pruebas; que se le imputa a la recurrida en la presente denuncia, por cuanto la referida valoración contiene las razones de hecho y de derecho por las que arriba a la decisión establecida, motivo por el cual se declara sin lugar la delación propuesta. Así se declara. Ha sido criterio de la Sala de Casación Social de este máximo Tribunal, que para que pueda examinar la denuncia de falso supuesto es necesario que el formalizante exprese claramente a cuál caso de tal error se refiere, es decir, atribuir a actas o instrumentos del expediente menciones que no contiene; dar por demostrado un hecho con pruebas que no aparecen en autos; o cuya inexactitud resulte de actas o instrumentos del expediente mismo; expresar cuál es el hecho falso o inexacto establecido por el Juez; señalar el acta o instrumento cuya lectura patentice la falsa suposición; indicar y denunciar el texto o los textos aplicados falsamente, porque el Juez da por cierto un hecho valiéndose de una suposición falsa; y, por último demostrar la incidencia del error en el dispositivo del fallo.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, ciudadano LUIS FELIPE ANDRADE contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Maracaibo en fecha 11 de octubre de 2013: SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente.

Palabras clave

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