Sentencia N° 770 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0770, Exp. 11-1617, 11/07/2012
Expediente11-1617
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-07-11
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Bolívar. La decisión se basa en el análisis de los argumentos presentados por la recurrente, quienes alegaron violaciones a la Ley Orgánica del Trabajo en la decisión del juez superior. Sin embargo, se concluye que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencia violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

Señala la representación judicial de la recurrente que el Juez Superior violó lo estatuido en los artículos 216 y 144 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como reiteradas jurisprudencias dictadas por esta Sala de Casación Social, tal como la sentencia número 19 de 2007 y la de fecha 06 de mayo de 2010, Expediente AA60-S-2008-1278. Alega la recurrente que la declaratoria de la demanda sin lugar hecha por el superior se basó en la afirmación que la actora: (Omissis) devengaba un salario por comisión (salario variable), y no era salario mixto, y lo recibía de manera mensual, no tenía derecho a que se le pagaran los días de descanso y feriados no laborados, apoyándose el Juez Superior, en la sentencia 419 de fecha 06 de Mayo de 2010, con ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, arguyendo el juez, que en esta sentencia se deja establecido que cuando el salario (sic) variable, el trabajador lo recibe de manera mensual, este no tiene derecho a que se le paguen los días de descanso y feriados no laborados, cuando en realidad la sentencia establece todo lo contrario, la sentencia indica que, se deben pagar los días de descanso y feriados no laborados tanto cuando el trabajador tenga salario mixto o salario variable independientemente de la temporalidad de pago. A criterio de quien recurre, resulta evidente que el Juez Superior confunde el salario variable con la temporalidad de pago, es decir se puede tener un salario mixto o variable, y este salario lo puede cobrar el trabajador semanal, quincenal o mensual, e independientemente de la temporalidad de pago, el patrono tiene la obligación establecida en los artículos 216 y 144, de pagar los días de descanso y feriados no laborados, de tal manera que (Omissis), el salario variable de su representada fue totalmente probado en autos, al extremo que no fue objeto de debate, por cuanto siempre el patrono reconoció que su representada devengaba un salario variable, y en el proceso el patrono no probó, haberle pago a su representada los días de descanso y feriados no laborados (Omissis).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 22 de noviembre de 2011, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisionsentenciatrabajorecurso

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