Sentencia N° 77 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2020
TSJ/SCS, Sent. N° 077, Exp. 19-271, 15/12/2020
Expediente19-271
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaAgrario
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2020-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la sociedad mercantil Agropecuaria Rumania Sociedad Anónima. La decisión se fundamenta en que no se cumplen los requisitos necesarios para la admisión del avocamiento, ya que una de las causas ya había culminado su curso por desistimiento de la demanda, y la otra se encontraba en trámite ante la misma Sala. Se destaca la importancia de la competencia y los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para el avocamiento.
Extracto de la motiva
motivado por su intención de hacer desaparecer los actos procesales que entraban en contradicción con la posición que personalmente tiene asumida dentro del proceso que cursa ante el JUZGADO AGRARIO SUPERIOR (…) donde a título personal fraudulentamente obtuvo una MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA aduciendo un Título de Adjudicación de Tierras Socialista Agraria sobre el fundo agropecuario RUMANIA, cuya propiedad pertenece a la sociedad mercantil AGROPECUARIA RUMANIA S.A., el cual fraudulentamente obtuvo del Instituto Nacional de Tierras (INTI), en fecha 26 de junio de 2018 (…)”. (Resaltado del texto). Asegura que “(…) no obstante el desistimiento y su homologación, el proceso en cuestión se mantiene vigente en virtud de la apelación que interpusi[eron] en contra de la sesgada providencia que exoneró de costas al actor; siendo útil y necesario requerir la intervención de la Sala de Casación por la vía del avocamiento, vista la conexión que tiene con la otra causa subsistente.”. (Agregado de este fallo). Expone que “(…) el ciudadano CHRISTIAN JOSE RINCON COLMENARES ha ve
Dispositiva
Por las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por la representación judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA RUMANIA SOCIEDAD ANÓNIMA. En consecuencia, ha decaído el objeto respecto del pronunciamiento relativo a la medida de protección peticionada.