Sentencia N° 769 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0769, Exp. 11-1393, 11/07/2012
Expediente11-1393
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-07-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Trujillo. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidencian violaciones a normas de orden público. Se destaca la importancia del debido proceso y la defensa en el contexto laboral, así como la necesidad de respetar los plazos y formalidades establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
(Omissis) Que se han violentado normas de orden publico, así como quebrantamientos que irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles y reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa, tal como quedó establecido en sentencia signada bajo el Nº 0259 de fecha 10/03/2009, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (Omissis).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 26 de septiembre de 2011, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
derecho laboraldebido procesoprestaciones socialesrelación laboralconstituciónjusticiaprotección del trabajador