Sentencia N° 769 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0769, Exp. 04-1592, 06/07/2005
Expediente04-1592
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-07-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulado el fallo de la Alzada y declarando parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales presentada por el ciudadano Willis José Arthur Centeno. La Sala concluyó que el trabajador tenía la cualidad de representante del patrono, lo que lo excluye del ámbito de protección del Convenio Colectivo Petrolero, y que la Alzada no analizó adecuadamente las pruebas presentadas por el demandante.
Extracto de la motiva
La Sala extrae el criterio establecido por el Juez ad-quem: 'Respecto al segundo punto, fundamento para el presente recurso de apelación, en cuanto a que la parte actora ostentaba la cualidad de representante del patrono, lo que a su vez lo excluye del ámbito subjetivo de aplicación de la convención colectiva petrolera, atisba esta alzada, que de la revisión de las actas procesales, tal elemento no se encuentra evidenciado, adicional a ello, la parte accionada ha debido alegar tal circunstancia y probarla en el curso del proceso, empero en modo alguno de las actas procesales se evidencia, el carácter de representante del patrono que ostentaba el reclamante y que por ello estuviere excluido del ámbito subjetivo de aplicación de la convención colectiva petrolera y el monto del salario devengado, no constituye un elemento que conlleve a esta superioridad a estimar que la parte actora, ostentaba la cualidad de patrono, en todo caso, se evidencia de los comprobantes de pagos que la parte actora produjo a los autos, que el cargo desempeñado era el de ingeniero residente, ni aún así el mencionado cargo puede llevar a esta Alzada a considerar que el actor era representante de la empresa accionada, por tanto se desecha tal alegato y así queda establecido.'
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia emitida en fecha 28 de septiembre de 2004, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en consecuencia se ANULA el fallo recurrido, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, y se condena a la empresa demandada a cancelar a la parte actora, ciudadano WILLIS JOSÉ ARTHUR CENTENO, las cantidades plenamente descritas en la parte motiva del presente fallo y conforme las directrices allí establecidas.
Palabras clave
prestaciones socialescasaciónrepresentante del patronoconvención colectivatrabajador de confianzaindemnizacióndespido injustificado